Impuestos en Panamá: guía para inversionistas y empresas
Los impuestos que afectan a inversionistas, empresas y residentes en Panamá, con tasas vigentes y un calendario de pagos.
Por Enrique Morloy · Especialista en contenidos y SEO
Revisado por Adrián Hidalgo · Estratega de contenidos y SEO

En este artículo5 secciones
Panamá grava solo la renta generada dentro del país. Las sociedades pagan 25% de impuesto sobre la renta y las personas naturales, una tarifa progresiva que va de 0% hasta B/.11.000 al 25% sobre lo que exceda B/.50.000. Además existen el ITBMS (7% general), el impuesto de dividendos (10% o 5%), el complementario, el impuesto de inmueble, la tasa única de las sociedades y el impuesto de aviso de operación.
| Principio | Territorial (art. 694 del Código Fiscal): la renta de fuente extranjera no se grava. |
|---|---|
| Empresas | ISR del 25%; si la renta supera B/.1,5 millones, se paga sobre lo mayor entre la renta neta y el 4,67% de los ingresos brutos. |
| Personas | 0% hasta B/.11.000; 15% hasta B/.50.000; B/.5.850 más 25% sobre el exceso. |
| Consumo | ITBMS del 7%; 10% en hospedaje y alcohol; 15% en tabaco. |
| Fechas clave | Renta: 15 de marzo (personas) y 31 de marzo (empresas). |
| Novedad 2027 | Ley 526 de 2026: requisitos de sustancia económica para ciertas rentas pasivas del exterior. |
Esta guía reúne los impuestos que afectan a un inversionista, una empresa o una persona que vive en Panamá, con las tasas vigentes a noviembre de 2026 y un calendario de pagos. Cada impuesto tiene su guía específica con ejemplos de cálculo.
Cómo funciona el sistema territorial
El artículo 694 del Código Fiscal grava la renta «que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio» panameño. Lo que se genera fuera de Panamá, aunque se facture o se dirija desde aquí, no paga impuesto sobre la renta en el país. Esto no convierte a Panamá en un territorio sin controles: intercambia información fiscal con otros países desde 2018 bajo el Estándar Común de Reporte de la OCDE, exige registros contables a todas las sociedades y, desde 2027, pedirá sustancia económica a ciertas entidades de grupos multinacionales.
Los impuestos principales
| Impuesto | Quién lo paga | Tasa |
|---|---|---|
| Impuesto sobre la renta (ISR) | Sociedades | 25% |
| Impuesto sobre la renta (ISR) | Personas naturales | 0% / 15% / 25% por tramos |
| Dividendos | Accionistas (retiene la sociedad) | 10% renta panameña; 5% renta extranjera o exenta; 20% acciones al portador |
| Impuesto complementario | Sociedades que no reparten dividendos | 10% sobre la parte no distribuida del 40% de la utilidad (≈4% efectivo) |
| ITBMS | Quien vende bienes o servicios (obligatorio desde B/.36.000 al año) | 7% general; 10% hospedaje y alcohol; 15% tabaco |
| Impuesto de inmueble | Propietarios | 0% a 0,7% (vivienda principal); 0% a 1% (otros) |
| Transferencia de inmuebles | Vendedor | 2% del mayor entre precio y valor catastral |
| Ganancia de capital en inmuebles | Vendedor | 10% de la ganancia, con adelanto del 3% del precio |
| Aviso de operación | Comercios e industrias | 2% del capital al año (mínimo B/.100, máximo B/.60.000) |
| Tasa única | Sociedades y fundaciones | B/.300 (sociedades) y B/.400 (fundaciones) al año |
| Impuestos municipales | Actividades lucrativas en el distrito | Según actividad (pago mensual) |
Impuesto sobre la renta
Es el impuesto que más pesa. Las personas pueden restar deducciones como los intereses hipotecarios de su vivienda principal (hasta B/.15.000 al año), los intereses de préstamos educativos, los gastos médicos documentados en Panamá y hasta B/.3.600 de gastos escolares por dependiente. El asalariado con un solo empleador no está obligado a declarar, porque su empleador le retiene cada mes.
Dividendos y complementario
Cuando una sociedad reparte utilidades, retiene el impuesto de dividendos. Si no reparte, paga el complementario, que funciona como un adelanto de ese impuesto y se descuenta cuando finalmente distribuye.
Inmuebles
El impuesto de inmueble se calcula sobre el valor catastral con tarifas progresivas. La vivienda principal inscrita como Patrimonio Familiar Tributario no paga nada hasta B/.120.000 de valor. Al vender, se pagan el 2% de transferencia y el impuesto sobre la ganancia.
Calendario de las fechas más importantes
| Fecha | Obligación |
|---|---|
| 15 de enero | Tasa única de sociedades inscritas en el segundo semestre |
| Último día de febrero | Pago anticipado del impuesto de inmueble con 10% de descuento |
| 15 de marzo | Declaración de renta de personas naturales (prórroga al 15 de abril) |
| 31 de marzo | Declaración y pago de renta de personas jurídicas (prórroga de presentación al 30 de abril) |
| 30 de abril, 31 de agosto, 31 de diciembre | Partidas del impuesto de inmueble |
| 30 de junio | Impuesto complementario y primera partida de la estimada |
| 15 de julio | Tasa única de sociedades inscritas en el primer semestre |
| 30 de septiembre y 31 de diciembre | Segunda y tercera partida de la estimada |
| Cada mes | Declaración de ITBMS e impuestos municipales |
Todas las guías de esta sección
Si estás evaluando el país o una estructura, revisa también invertir en Panamá y cómo crear una empresa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de impuestos en Panamá?
Las sociedades pagan 25% de impuesto sobre la renta. Las personas pagan 0% hasta B/.11.000 de renta neta gravable, 15% hasta B/.50.000 y 25% sobre lo que exceda. El impuesto al consumo (ITBMS) es de 7% general.
¿Se pagan impuestos en Panamá por ingresos del exterior?
No. Panamá aplica el principio territorial y no grava la renta de fuente extranjera. Desde 2027, ciertas entidades de grupos multinacionales que reciban rentas pasivas del exterior deberán demostrar sustancia económica o pagar 15%.
¿Cuándo se declara la renta en Panamá?
Las personas naturales hasta el 15 de marzo y las jurídicas hasta el 31 de marzo, con prórrogas de un mes para presentar la declaración.
¿Qué es el ITBMS?
Es el impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios, el equivalente panameño al IVA. La tasa general es 7%. Quien factura menos de B/.36.000 al año no está obligado a cobrarlo.
Fuentes consultadas
- Código Fiscal de Panamá
- DGI: tarifas del impuesto sobre la renta
- PwC Tax Summaries: Panamá, deducciones de personas naturales
- PwC Tax Summaries: Panamá, administración tributaria
- PwC Tax Summaries: Panamá, determinación de la renta
- PwC Tax Summaries: Panamá, otros impuestos
- DGI: artículo 710 del Código Fiscal
- DGI: Formulario 07 (dividendos y complementario)
- DGI: ITBMS
- DGI: tasa única
- Ley 66 de 2017 (impuesto de inmueble)
- DGI: Formulario 107 (ganancia de capital en inmuebles)
- Ley 5 de 2007 (aviso de operación)
- EY: prórroga de la declaración jurada de ingresos brutos del Municipio de Panamá
- DGI: Estándar Común de Reporte (CRS)
- KPMG: aspectos relevantes de la Ley 526 de 2026
Fuentes oficiales para profundizar
Escrito por
Enrique Morloy · Especialista en contenidos y SEO
Amplia trayectoria trabajando con empresas en Panamá en estrategia digital y captación de clientes.
Especialista en SEO y contenidos. En el medio escribe sobre negocios, servicios profesionales y oportunidades de inversión en Panamá para inversionistas de Colombia, Venezuela y el resto de la región.
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Revisado por
Adrián Hidalgo · Estratega de contenidos y SEO
Más de tres años trabajando con promotores inmobiliarios en Panamá en la captación de compradores e inversionistas.
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